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A 40 años de Roe v. Wade: el aborto y un debate judicial aún pendiente

A 40 años de Roe v. Wade: el aborto y un debate judicial aún pendiente

El 22 de enero de 1973 la Corte Suprema de los Estados Unidos dictaba la famosa sentencia “Roe v. Wade” a través de la cual se legalizaba el aborto en ese país. Desde entonces, más de 55 millones de niños por nacer fueron legalmente muertos en ese país, generando una verdadera cultura de la muerte que influyó negativamente en otros lugares del mundo.

Para comprender las graves consecuencias de esta sentencia, presentamos a continuación una breve referencia a sus contenidos, como así también proponemos un rápido repaso por algunos hitos del debate judicial que aún hoy sigue vigente, tomando como guía un material elaborado por Alliance Defending Freedom (ADF):

1) Roe v. Wade, 410 US 113 (1973): Por 7 votos contra 2, la Corte invalidó una ley penal de Texas que prohibía el aborto excepto en el caso que fuera necesario para preservar la vida materna. En su línea argumental, la Corte alegó que el derecho a la privacidad de la Enmienda 14 incluía el derecho de la mujer a decidir si terminar o no su embarazo. De esta forma, se consagraba en el máximo nivel judicial de los Estados Unidos el supuesto derecho a elegir, con grave retroceso del derecho a la vida.

El fallo también se refirió al niño por nacer, al que no llamó persona, y estableció la famosa e influyente división en trimestres del desarrollo prenatal del ser humano a los fines de su protección:

  • · Primer trimestre – Aborto libre: Según Roe, durante el primer trimestre el profesional de la salud, en consulta con su paciente, es libre para determinar, sin ninguna regulación del Estado, que, en su juicio médico, se debe terminar con el embarazo de su paciente. Es decir, hay aborto libre sin ninguna posibilidad de restricciones.
  • · Segundo trimestre – Aborto libre salvo restricciones en atención a la salud materna: para Roe, durante el segundo trimestre de desarrollo surge un “interés sustancial” (compelling) para que el Estado dicte medidas de limitación del aborto en orden a proteger la salud de la madre.
  • · Tercer trimestre – Aborto libre salvo restricciones en razón de la viabilidad del feto: para Roe, durante el tercer trimestre el Estado tiene “interés sustancial” como para eventualmente limitar el derecho a abortar. Este “interés” surge en el momento de la viabilidad y ello por cuanto desde entonces “el feto presumiblemente tiene la capacidad de vida útil fuera del útero materno. Entonces, las regulaciones estatales protectoras de la vida fetal después de la viabilidad tienen justificación lógica y biológica. Si el Estado tiene interés en proteger la vida fetal después de la viabilidad puede incluso llegar a proscribir el aborto durante ese período, salvo cuando sea necesario para preservar la vida o salud de la madre”.

 

2) Doe v. Bolton, 410 U.S. 179 (1973): esta sentencia fue dictada ell mismo día que Roe v. Wade y de alguna manera fue intención de la Corte que la complemente. Por 7 votos a 2, la Corte invalidó una ley de Georgia que autorizaba el aborto sólo cuando la continuidad del embarazo podía poner en riesgo la salud o vida de la mujer, incluyendo la salud mental, en caso que el feto fuera a nacer con un serio defecto, o en caso de embarazo proveniente de violación. Doe es frecuentemente citado por su definición “ilimitada” de salud materna, dado que para la Corte la misma incluiría factores físicos, emocionales, psicológicos, familiares y aún la edad materna en función del bienestar de la paciente. Dado que en Roe se autorizaba el aborto incluso luego de la viabilidad si estaba en riesgo la vida o salud de la madre, la doctrina de Doe significó en los hechos la legalización completa del aborto hasta el 9no. mes.

 

3) Harris v. McRae, 448 U.S. 297 (1980): en virtud de esta sentencia, la Corte Suprema sostuvo la validez de la denominada Enmienda Hyde, que restringe la utilización de fondos federales para financiar abortos en el sistema público de salud sólo a casos de peligro de vida (y desde 1994, para casos de violación o incesto). La Corte también sostuvo que los Estados no estaban obligados a financiar abortos médicamente indicados que no fueran reembolsables en virtud de la Enmienda Hyde. En su fundamentación, sostuvo la Corte que el gobierno podía distinguir entre el aborto y otros procedimientos médicos, porque “ningún otro procedimiento involucra la terminación intencional de una vida potencial”. Este fallo constituye un cierto límite para Roe y Doe.

 

4) Planned Parenthood of Southeastern Pennsylvania v. Casey, 505 U.S. 833 (1992): En esta sentencia, por 5 votos contra 4, la Corte reafirmó la doctrina de Roe. La Corte mantuvo la validez de una ley de Pennsylvania que requería (1) que los médicos proveyeran a las pacientes información escrita para el consentimiento, incluyendo los riesgos médicos del aborto y del parto, y fotos del niño por nacer en varias etapas de su desarrollo; (2) un período de reflexión obligatorio de 24 horas luego de recibir la información; (3) que los médicos completaran reportes sobre aborto para fines estadísticos, incluyendo información sobre la edad de la mujer, edad gestacional del niño abortado y causa del aborto; y (4) el consentimiento de al menos un padre para los menores, con la posibilidad de un proceso judicial alternativo. La mayoría, sin embargo, abandonó el criterio del escrutinio estricto aplicado a los derechos fundamentales, por un estándar de “carga indebida” (“undue burden”), que las restricciones de la ley de Pennsylvania superaron. Se invalidó el requerimiento de dar aviso al esposo. Cuatro jueces votaron por la validez de esta ley y por revocar completamente Roe v. Wade. Con esta sentencia, se reconoce un importante margen de actuación a las legislaturas de cada estado en orden a dictar restricciones al aborto.

 

5) Stenberg v. Carhart, 530 U.S. 914 (2000): por 5 votos contra 4, la Corte invalidó una ley de Nebraska que prohibía el denominado “aborto por nacimiento parcial”, que es una forma de aborto que se realiza en el tercer trimestre y consiste en quitar la vida del niño antes de que se complete el nacimiento. Como consecuencia de Stenberg, fueron invalidadas otras 29 leyes estatales de prohibición de este aborto. Para la Corte estas leyes eran inconstitucionales por su vaguedad que podía afectar no sólo al aborto por nacimiento parcial, pero también otros abortos durante el segundo trimestre. También objetó que la ley no contuviera una excepción por razones de salud de la mujer.

 

6) Gonzales v. Carhart, 550 U.S. 124 (2007): nuevamente la Corte Suprema aborda el denominado “aborto por nacimiento parcial”. En este caso, por 5 votos contra 4, la Corte declaró la validez de una ley federal de prohibición del aborto por nacimiento parcial que se había aprobado en 2003. La Corte supera su precedente de Stenberg y de alguna manera restaura los lineamientos de Casey en relación a las leyes estatales. La Corte también sostuvo que la prohibición federal no requería una excepción de salud, en esencia porque existían otras alternativas. Además, la Corte parece limitar la amplia interpretación de salud de Doe v. Bolton, enfocando la cuestión durante el tercer trimestre en “riesgos de salud significativos”. Además, la Corte sostuvo en relación al consentimiento informado que “parece incuestionable que algunas mujeres se arrepienten de su opción por el aborto de la vida del niño que alguna vez crearon y sostuvieron”, advirtiendo que “una depresión severa y pérdida de autoestima pueden seguirse”. La Corte concluyó que el Estado tiene un interés en asegurar que una decisión tan grave sea bien informada.

 

Un breve análisis crítico

Desde Roe v. Wade, los Tribunales y las Legislaturas de los Estados Unidos son el terreno de una creciente disputa en torno a las primeras etapas de la vida humana. En este recorrido, Roe v. Wade ha resultado de nefastas consecuencias. Al ubicar al aborto como una mera cuestión privada de la mujer e invisibilizar al niño por nacer, ha generado una verdadera cultura de la muerte que se ha cobrado 55 millones de vidas humanas.

El problema antropológico del inicio de la vida: Roe evitó pronunciarse sobre el estatuto jurídico del embrión e inventó la división del embarazo en trimestres que tanta influencia ha tenido en todo el mundo. Recién cuando el ser humano puede sobrevivir con total independencia de la madre se le garantiza cierta protección jurídica. El problema es antropológico: la vida humana no se reconoce al ser humano por sí mismo, sino en tanto es viable o autónomo. La dignidad humana parece instrumentalizada en función de otros objetivos: no reconocemos al ser humano como tal porque significaría un obstáculo a la supuesta privacidad. En realidad, el hombre merece el trato de persona sin importar si es “viable” o no. Desde el momento en que tenemos un nuevo “individuo” de la especie humana, debemos tratarlo como persona, máxime si es tan indefenso que no puede sobrevivir sin la ayuda de la madre. Además, Roe supone una mirada sobre la vida humana como un recurso más, disponible mientras no pueda sobrevivir. Es la ley del más fuerte, que sólo protege al débil cuando puede valerse por sí mismo.

Límites al aborto: desde Roe y Doe, una intensa batalla legislativa y judicial se libra en torno a los límites al aborto que establecen las legislaturas locales. Entre otros, podemos mencionar:

a)    Requerimiento de que los abortos sean realizados sólo por los médicos;

b)    Requisito sobre el derecho de la mujer a conocer las implicaciones del aborto;

c)     Establecimiento de períodos de reflexión para mujeres;

d)    Requerimiento del consentimiento del cónyuge, o al menos de su notificación;

e)    Requerimiento del consentimiento de los padres en caso de menores de edad, o al menos de su notificación;

f)      Requerimiento de una segunda opinión médica;

g)    Requerimiento de hospitalización de la mujer;

h)    Límites a las técnicas de aborto utilizadas;

i)       Exigencia de procurar la sobrevida del niño en abortos durante el tercer trimestre;

j)      Exigencia de residencia estadual para realizar el aborto;

k)    Obligación de llevar registros y realizar reportes a la autoridad estatal;

l)       Regulaciones sobre la actividad de las clínicas de aborto;

m)  Debate en torno a la pastilla RU-486 y a la denominada “anticoncepción de emergencia”;

n)    Límite a la financiación de los abortos con fondos públicos y a su realización en hospitales públicos.

 

Aborto hasta el nacimiento: El presunto límite al aborto durante el 3er. trimestre que podía surgir de Roe, resultó en los hechos completamente liberalizado con la sentencia Doe. La alianza entre los fallos Roe v. Wade y Doe v. Bolton, arrojó como resultado la legalización del aborto de manera casi irrestricta hasta el nacimiento. Fue justamente esta brutal realidad la que marcará un punto de inflexión y en torno a la cual se desarrollaron los últimos debates judiciales. Así, en 2007 la Corte asesta el primer golpe que implica un significativo retroceso de Roe y Doe, con la sentencia Gonzales v. Carhart. Este último fallo abre una esperanza de que pueda, en algún momento, llegar a revertirse la cultura de la muerte abierta por las sentencias abortistas que hace 40 años generaron un dinamismo social de marginación y exterminio para los niños más indefensos.