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¿Cómo se definen los cuidados paliativos en el derecho argentino?

“La definición de cuidados paliativos y sus alcances en el derecho argentino” es el título del trabajo de mi autoría que publica la Revista Perspectivas de las Ciencias Económicas y Jurídicas, perteneciente a la Universidad Nacional de La Pampa (vol. 14, n. 2, Julio-Diciembre 2024).

El trabajo se enmarca en un proyecto de investigación realizado en el marco de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica Argentina (https://repositorio.uca.edu.ar/cris/project/pj00506).

El artículo comienza explicando que, según la Organización Mundial de la Salud, el concepto de cuidados paliativos “ha evolucionado, ya que anteriormente los cuidados paliativos se centraban sobre todo en las personas con cáncer en fase terminal y en la asistencia institucional y de especialistas. En el último decenio, no obstante, su alcance se ha extendido a una gama más amplia de afecciones, ámbitos de atención y grupos de cuidadores. En la actualidad también se vincula al bienestar de los familiares” (Organización Mundial de la Salud, 2015, p. 153).

Así, el artículo se propone indagar qué se entiende por cuidados paliativos en las leyes y normas que regulan y garantizan el acceso a estos servicios en Argentina para evaluar si se ha receptado esa nueva noción de CP, más amplia en sus alcances, o si subsiste una conceptualización restrictiva de estos cuidados, entendidos como limitados únicamente a las personas cuyas vidas entren en fase terminal. El estudio abarca tanto el nivel nacional como el provincial.

La primera dimensión que se estudia refiere al alcance subjetivo de los CP y, en este punto, el trabajo concluye que en la mayoría de las normas vigentes sobre CP se incluye tanto al paciente como a su familia.

En cuanto a la caracterización de las enfermedades alcanzadas por los CP, se concluye que en la mayoría de las normas se adopta una noción que no se limite a enfermedades terminales sino que refiere a un concepto más amplio de enfermedades amenazantes y/o limitantes de la vida.

Otra dimensión analizada es el tipo de abordaje que promueven las normas y se concluye que en general se incluye la prevención, identificación temprana, evaluación y tratamiento integral.

En cuanto al tipo de problemas cubiertos, también se verifica que las normas incluyen en la definición de los CP los problemas de orden físico, psicosocial o espiritual.

El trabajo señala, no obstante, como un desafío, la necesidad de actualización expresa del Programa Médico Obligatorio. Otro desafío es que algunos programas de CP, como el que funciona a nivel nacional en el Instituto Nacional de Cáncer, están asociados a esa enfermedad y se requiere que expresamente se articule también con los pacientes no oncológicos.

Finalmente, se aclara que el hecho de que existan normas sobre CP no garantiza que, en todas las jurisdicciones se presten los servicios con todos los alcances debidos.

Fuente: Lafferriere, J. N. (2024). La Definición de Cuidados Paliativos y sus alcances en el derecho argentino. Perspectivas De Las Ciencias Económicas Y Jurídicas, 14(2). Recuperado a partir de https://cerac.unlpam.edu.ar/index.php/perspectivas/article/view/8299