Hace pocos días se ha instalado en la agenda pública Argentina un intenso debate sobre la despenalización o no del aborto inducido, y se anuncia la presentación por varios legisladores, grupos sociales y organizaciones no gubernamentales de proyectos de ley en ese sentido, para ser debatidos próximamente en el Congreso Nacional. Ante esa situación, que se vincula directamente con una problemática ética, jurídica, científica y sanitaria, CONIN ha considerado necesario hacer pública su opinión al respecto, con la finalidad de contribuir al esclarecimiento y buena solución del debate. Fundamentalmente porque en toda discusión resulta necesario exigir a los participantes la aceptación de los datos obvios de la realidad, la coherencia lógica entre las diferentes afirmaciones, y la aceptación de las consecuencias necesarias de las cuestiones asumidas.
1.- El aborto inducido (por oposición al natural), es decir, la provocación deliberada de la muerte biológica de un embrión o feto para lograr su eliminación del útero materno, es intrínsecamente un acto sujeto a un juicio moral, ya que se trata de una acción intencional y electiva de un ser humano, realizada con el objetivo de alcanzar un resultado determinado. Si bien algunos colectivos sostienen que en este caso no se trata de una cuestión ética sino médica, en realidad se trata de una cuestión que, por más que tenga vinculaciones médicas, no deja de ser un acto humano y por lo tanto sujeto necesario de una valoración ética, positiva o negativa. Por otra parte, esto es lo que en realidad interesa y todos los debates acerca del aborto tienen un innegable carácter ético.
2.- La ética es el saber acerca de lo que es bueno para el hombre en cuanto tal, en la medida en que ello depende de la actividad humana, así como de los medios aptos para alcanzarlo. A la inversa, el mal o lo no-bueno es la privación de un bien adecuado o proporcionado al sujeto (y a los sujetos) éticos. Los bienes humanos son las diferentes dimensiones del perfeccionamiento o de la realización humana, desde el punto de vista del hombre en cuanto tal, es decir, no en alguno de sus aspectos particulares: no como atleta, como cantante, o como escritor, sino como hombre. Existen varias nóminas de los bienes humanos básicos propuestas por los autores, pero en todas ellas se incluye sin excepción la vida o la existencia viviente del ser humano. Y ello es así ya que de no existir la vida, resultaría imposible la realización de los restantes bienes: el conocimiento, la apreciación de la belleza, la amistad, etc.
3.- La vida humana (su desarrollo, conservación, plenitud, etc.) es por lo tanto el más básico y fundamental de los bienes humanos, y por ello la tarea propia de la ética es la de defenderla, promoverla, resguardarla y perfeccionarla. Pero ante todo evitar toda acción que atente deliberadamente contra ella, con la finalidad de suprimirla o eliminarla. Es por ello que varios filósofos de relevancia han sostenido que el principio de defensa de la vida es el principio central de la existencia y de la coexistencia humana. Y es por eso también que todas las civilizaciones han estructurado sistemas éticos que tienen como núcleo el resguardo y la promoción de la vida humana.
4.- Pero no solo la ética personal, sino también el derecho regulan las conductas abortivas, en razón de tratarse de una actividad que no solo causa un daño irreparable a un ser humano individual privándolo de la vida, sino que además vulnera el bien de la sociedad completa o política al privarla de uno de sus miembros, que si se lo deja vivir y no se lo mata, se convertirá en breve en un miembro activo de esa sociedad: que puede ser trabajador, político, amigo, padre o madre, comprometido y generoso. Además, es bien sabido que si se permite matar a ciertos seres humanos, se abrirá la puerta que permitirá el asesinato legal de humanos cada vez mayores, con el argumento de que causan inconvenientes, crean problemas, o simplemente porque lo quiere la “decisión” autónoma de la madre.
5.- Pero además, todo lo antedicho es tan evidente y palmario, es decir, que el aborto consiste en la muerte intencional de un ser humano vivo, que quienes por razones que son difíciles de comprender propugnan su legitimación o autorización, se ven obligados a recurrir a argumentos artificiosos, rebuscados y falaciosos a los fines de justificar sus propuestas frente a la sociedad y a su propia conciencia. De este modo, se dice que el ser humano recientemente concebido puede ser muerto impunemente porque no es “persona”, por lo cual se entiende – de modo arbitrario y sin fundamentación rigurosa – un ser humano adulto, capaz de realizar todas las actividades propias de los adultos: ir a la universidad, practicar deportes o participar en política. El problema es que con ese criterio, podría matarse también a los no nacidos hasta el momento del parto, y aún a los nacidos, hasta que puedan desarrollar las actividades propias de los adultos. En este sentido el bioeticista australiano Peter Singer, que propugna este argumento, propone que se autorice la muerte de los nacidos al menos hasta los siete años, edad en la que pueden manifestar plenamente su racionalidad ya desarrollada. Y esta es la única conclusión realmente coherente con las premisas de estos promotores del aborto libre.
6.- Por otra parte, también se propugna la existencia de un derecho a elegir (o a decidir) o derecho de autonomía de la madre, que se sobrepondría – vaya a saber por cuales razones – al derecho a la vida del no nacido, y autorizaría la muerte intencional del niño por nacer. El problema es que razonablemente no puede existir ese derecho, toda vez que la mera elección o decisión, sin tener en cuenta su objeto o finalidad, puede efectuarse con el fin de ofender a otro, privarlo de su salario, lastimarlo física y espiritualmente, o finalmente, matarlo. Y a todo eso es claro que no se tiene derecho. En rigor, la autonomía sólo tiene sentido y se justifica cuando se trata de optar por diferentes formas de realización de los bienes humanos, es decir, cuando se opta por distintas formas de ejercer la solidaridad, el conocimiento, la experiencia estética o el trabajo, pero no para decidir matar a un no nacido, con el argumento de que su madre tiene más derechos que él.
7.- También es necesario considerar que varios de los defensores de la legitimidad del aborto aceptan limitarlo temporalmente, como realizable sólo hasta los doce días, las doce semanas o hasta que nazca la criatura. Pero resulta que, y se trata de una verdad de Perogrullo, la vida comienza cuando comienza el proceso vital, es decir, cuando el espermatozoide fecunda al óvulo y no un tiempo, cualquiera que este sea, después de este inicio. Ya en ese momento se está en presencia de un organismo vivo de la especie homo sapiens y no existe ningún evento posterior apto para cambiar su naturaleza esencial. Los accidentes que se enumeran para postergar el inicio de la vida: la posible gemelación, la implantación o la aparición de la actividad neuronal perceptible, no tienen capacidad alguna para cambiar la índole del sujeto que se desarrolla, que es exactamente el mismo quien, si no se lo mata, será un sujeto adulto en la plenitud de sus capacidades.
8.- Asimismo cabe preguntarse antes de continuar: ¿tiene sentido debatir en la Argentina la despenalización del aborto? Y la pregunta es pertinente, ya que nuestro País tiene establecido en su Constitución Nacional (por la incorporación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos a partir de 1994) que “persona es todo ser humano” (Art. 1) y que “toda persona tiene derecho a que se respete su vida” y finalmente que “este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción” (Art. 4). En otras palabras, en la Constitución Argentina se encuentra claramente zanjado el debate, y por lo tanto de lo que se trata es de aplicarla pura y simplemente, sin recurrir a argumentos falaciosos, cifras manifiestamente infladas o recursos retóricos sin fundamento riguroso.
9.- Por todo ello, los integrantes y colaboradores de CONIN sostienen – y lo proponen a sus compatriotas – que en ocasión de este debate acerca de la penalización (o no) del aborto inducido, de lo que se trata humana y racionalmente es de optar por la defensa de la vida, contra las opciones-elecciones por la muerte; de hacer un llamado a las responsabilidades humanas asumidas y cumplidas, contra la búsqueda de soluciones facilistas e insolidarias; de proponer una concepción ética orientada al bien humano de la vida, que se ordene a la promoción de lo mejor que hay en el hombre, contra las visiones egoístas y degradantes de la actividad humana; de optar por la ayuda, el cuidado, el respeto y el compromiso, contra la exclusiva búsqueda del provecho propio a costa del bien de los demás; de optar, en definitiva, por la dignidad intrínseca del ser humano, contra las pretensiones de su cosificación y manipulación irrestricta. Si se opta de este modo, se verá que, en realidad, hay muy poco que debatir; se trata de reconocer y aplicar los sabios preceptos de la Constitución Argentina y de asumir una actitud irrenunciablemente responsable y solidaria con la vida de los demás, tengan éstos sus primeros segundos o cien años de existencia en el mundo.
Fundación Cooperadora para la Nutrición Infantil (CONIN)