El martes 25 de marzo de 2014 la Corte Suprema de Estados Unidos llevará adelante una audiencia de 90 minutos para escuchar los argumentos referidos a la disputa en torno a la ley de Acceso a la Salud (Affordable Care Act) en los casos Sebelius v. Hobby Lobby Stores y Conestoga Wood Specialties Corp. v. Sebelius
Las empresas Hobby Lobby Stores y Conestoga Wood Specialties Corp. cuestionan la aplicación de la Affordable Care Act en tanto consideran que el gobierno viola la libertad religiosa a los dueños de empresas a que contradigan su conciencia al verse obligados a brindar planes de salud que incluyen prestaciones contraceptivas y abortivas. La discusión se refiere justamente a la orden dada por el Gobierno para que estas empresas provean estos servicios a sus empleadas sin costo para ellas.
En estos casos, la discusión se refiere a la obligación que recae sobre empresas privadas que son propiedad de personas con convicciones religiosas que están en contradicción con el “mandato contraceptivo” de la ley y las consecuentes disposiciones del Gobierno en orden a su implementación. En otro caso, la Corte Suprema concedió una medida cautelar para unas religiosas, las Hermanitas de los Pobres, que se negaron a firmar un formulario que significa la inclusión de su congregación en el sistema relacionado con el “mandato contraceptivo”
Hobby Lobby Stores pertenece a la familia Green y es una cadena que tiene más de 13000 empleados. Los miembros de la familia Green firmaron un acuerdo formal para dirigir sus empresas de acuerdo con los principios religiosos cristianos (cerrando los domingos, informando su orientación religiosa y pasando música religiosa en sus tiendas). La principal objeción contra el mandato contraceptivo se refiere, según sus abogados, al uso de fármacos o dispositivos que puedan poner fin a la vida humana luego de la concepción. Las multas que los dueños de Hobby Lobby podrían enfrentar por seguir el dictado de su conciencia y no cumplir la ley podrían llegar a u$ 1.300.000 por día y casi 475 millones en el año (ver posición oficial en video sobre The Hobby Lobby case).
Por su parte, Conestoga Wood Specialties Corp. tiene 950 empleados y se especializan en productos en madera. Sus dueños son miembros de la familia Hahn, Menonitas cristianos, que se oponen a quitar la vida por medio de fármacos o dispositivos intrauterinos. En caso de incumplir la ley, estiman que pueden sufrir multas por 35 millones de dólares por año.
Ambos casos llegan con antecedentes judiciales diferentes. Mientras que en el caso de Hobby Lobby, la Corte de Apelaciones del 10mo. Circuito decidió que la empresa podría ganar esta causa porque, aún cuando se trata de una empresa con fines de lucro, puede actuar de acuerdo con principios religiosos. En cambio, la Corte de Apelaciones del 3er. Circuito consideró que ni la empresa, Conestoga Wood Specialties, ni sus dueños, podían reclamar protección de la libertad religiosa en virtud de la 1ra. Enmienda porque una empresa (corporación) es incapaz de incapaz de tener creencias religiosas y sus dueños eligieron una forma corporativa para su negocio y ello se diferencia de sus propios intereses personales. Así, el Gobierno Federal pide que se revea la decisión en el caso Hobby Lobby, mientras que es la empresa Conestoga quien apela la otra decisión judicial. La Corte Suprema aceptó tratar ambos casos en conjunto el 26 de noviembre de 2013.
En estos casos, se advierte cómo la problemática relacionada con la protección de la vida humana, también se vincula con la de la libertad religiosa. En efecto, en un contexto cultural relativista y con una creciente “cultura del descarte”, la vida prenatal es muchas veces despreciada y legalmente se instalan estructuras que no sólo permiten que se prive de la vida a muchos seres humanos por nacer, sino que pretenden forzar a todos a financiar esos actos, incluso cuando las propias convicciones los señalan contra inaceptables. Así, el relativismo termina convirtiéndose en una ideología que no admite oposición y pretende doblegar a todo aquél que quiera eximirse de cumplir con mandatos contrarios a la vida humana. De allí la íntima conexión que existe hoy entre la defensa de la vida y el matrimonio y la libertad religiosa.
Así, el relativismo muestra su faz más totalitaria cuando pretende incluso imponerse por sobre las convicciones religiosas de las personas, violentando el ámbito más sagrado que puede tener un ser humano, su conciencia.
En el día en que muchos países celebran al niño por nacer, 25 de marzo, la Corte Suprema de los Estados Unidos estará discutiendo mucho más que dos casos de empresas “rebeldes”: estará discutiendo en torno a la libertad religiosa y, en definitiva, en torno a la misma libertad.
Fuente de los datos judiciales: Lyle Denniston, Argument preview: Religion, rights, and the workplace, SCOTUSblog (Mar. 20, 2014, 3:30 PM), http://www.scotusblog.com/2014/03/argument-preview-religion-rights-and-the-workplace/