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Expte. 3159-D-2017 (Díaz Roig)

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Fecha: 14/06/17

Firmante: Díaz Roig, Juan Carlos

El Senado y Cámara de Diputados…

Artículo 1° — Créase el PROGRAMA NACIONAL DE ACOMPAÑAMIENTO DE LA MADRE Y DEL RECIÉN NACIDO en el ámbito de la Dirección Nacional de Maternidad e infancia, del Ministerio de Salud.

Art. 2° — El Programa creado por el artículo que antecede tendrá entre sus objetivos prioritarios los siguientes:

  1. a) Fortalecer estrategias a nivel nacional para la captación temprana de las embarazadas, el adecuado seguimiento del embarazo y la atención del parto.
  2. b) Fortalecer el circuito de referencia y contrarreferencia entre los diferentes niveles de atención para el seguimiento del embarazo y atención del parto.
  3. c) Garantizar el acceso equitativo a los insumos y recursos necesarios para el cuidado y crianza de los niños desde su nacimiento durante los primeros meses de vida, así como también para un adecuado puerperio.
  4. d) La definición de jurisdicciones que por sus índices de mortalidad materna e infantil resultaren prioritarias;
  5. e) La celebración de acuerdos entre el Estado nacional y las provincias, con el establecimiento de metas generales y objetivos específicos;
  6. f) La Asistencia técnica y la evaluación periódica de sus resultados;
  7. g) La capacitación en servicio en los centros asistenciales del sector público de la República Argentina, así como, la coordinación de la actividad de los capacitadores provinciales y regionales, garantizando el seguimiento de la actividad docente requerida;
  8. h) La adecuación y/o regionalización de las redes sanitarias provinciales con foco en la atención perinatal;
  9. i) Difusión adecuada del plan y sus avances;
  10. j) La convocatoria a los actores sociales e instituciones sanitarias, nacionales y provinciales, gubernamentales y no gubernamentales.

Art. 3° — Los gastos que demandare la ejecución del PROGRAMA serán solventados con fondos del Tesoro Nacional de acuerdo a lo establecido en el Presupuesto vigente del Ministerio de salud.

Art. 4° — Facúltese a la Dirección Nacional de Maternidad e infancia, dependiente del Ministerio de salud para dictar las normas complementarias interpretativas y aclaratorias de la presente Resolución.

Art. 5° — De forma.

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

Ante la realidad compleja que sufre nuestro sistema de salud y no poder contar con datos fehacientes que puedan ser el puntapié inicial para abordar la problemática de la mortalidad infantil es que proponemos crear el presente programa, para entender en la elaboración y ejecución de los programas materno infantiles tanto en el ámbito nacional como inter-regional, tendientes a disminuir la mortalidad infantil.

Según cifras no oficiales pero que surgen de dichos de funcionarios nacionales y estadísticas en medios de comunicación el 75% de las muertes antes del primer año de vida ocurre durante los 28 días posteriores al parto. El 51% de esos casos, antes de los seis días de vida. Por lo que debería ser objetivo principal del programa atacar este segmento.

Según la Ley N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, los niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la atención integral de su salud, a recibir la asistencia médica necesaria y a acceder en igualdad de oportunidades a los servicios y acciones de prevención, promoción, información, protección, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno y recuperación de la salud, y que corresponde a los Organismos del Estado en su conjunto garantizar el acceso a los programas de atención, orientación y asistencia integral.

Para ello es necesario un programa que logre la captación temprana de la embarazada y el control prenatal de calidad, la creación de maternidades seguras, la regionalización de los servicios materno-infantiles de segundo y tercer nivel y el fortalecimiento de la referencia y contrarreferencia entre los diferentes niveles de atención, fortaleciendo la red de salud logrando el ingreso y la permanencia al sistema de salud y potenciar en la población la idea de prácticas de cuidados.

Es por ello que confiamos en que debemos tener políticas públicas específicas que puedan contener y dar solución temprana a la mortalidad infantil.

Por lo expuesto es que solicito a mis pares aprueben el presente proyecto de ley.