La opinión pública mundial se ha visto conmovida a inicios de 2009 por la muerte de Eluana Englaro en Italia. Se trata de una joven que fallece luego de ser privada de la alimentación e hidratación por decisión de sus padres y autorización judicial, habiendo permanecido en estado vegetativo durante 17 años. El caso presenta aristas dramáticas que dificultan la reflexión sobre el actuar de personas que, en tan singular situación de salud, impulsaron la precipitación del final de la vida de Eluana. Paradójicamente, estos casos resonantes (como el de Terri Schiavo en Estados Unidos) son utilizados para legalizar la eutanasia con alcance general.
Conviene comenzar la reflexión por determinar qué es lo que está en juego. Se trata del valor de la vida humana, de cada vida humana, en momentos de enfermedad terminal. Quienes sostienen la legitimidad de la eutanasia, arguyen que lo mejor es evitar el dolor y respetar la voluntad del enfermo. Al respecto, sin perjuicio de señalar que la vida es siempre un bien, más allá de las circunstancias o características que presente, parece oportuno concentrarse en este último punto: la voluntad del enfermo.
La eutanasia consiste en la acción u omisión que se ordena a provocar la muerte de una persona en situación terminal y, por tanto, presupone una difícil cuestión: ¿quién decide tal muerte?
Si es el propio enfermo quien decide la eutanasia, en un pretenso derecho a no vivir, existen muchas razones para dudar si posee el discernimiento o la conciencia como para obrar libremente. Las presiones sociales (y mediáticas) influyen de manera notable en la libertad, que puede quedar muy condicionada, máxime si la decisión se toma en soledad afectiva y con la opinión contraria de los seres queridos. ¿Es libre una persona que padece una enfermedad terminal para decidir quitarse la vida? Ciertamente se trata de una de las decisiones más trascendentes que alguien pueda enfrentar y el contexto personal, familiar, médico y social que rodea al paciente suele ser determinante. Por ello, cuando la ley tutela la vida humana del enfermo terminal y considera a la eutanasia como un delito, al tiempo que garantiza el derecho a la vida, quiere preservar la dignidad y la libertad, que de otra manera pueden actuar condicionadas. En definitiva, el dolor y el sufrimiento trastocan a la persona de tal manera que se traiciona la innata inclinación a conservar la propia vida.
Alguien podría alegar el caso de quien decide anticipadamente acelerar su muerte si llegara a encontrarse en estado terminal. Pero tal caso supondría que la “voluntad anticipada” sea irrevocable, pues la persona, llegado el momento decisivo, no estaría conciente para poder revisar aquello que afirmó en otro tiempo. La legislación en bioética suele ser muy clara en reconocer siempre la revocabilidad del consentimiento hasta último momento, como sucede con los trasplantes de órganos (ley 24.193).
Si no es el enfermo el que decide, podría alguien argumentar que la decisión la toma la familia o el Estado. En cualquier caso, sostener la procedencia de la eutanasia de una persona que no puede prestar su consentimiento equivaldría a anular la personalidad y a colocar a ciertas personas a merced de la decisión de otras en algo tan fundamental y decisivo como es el derecho a vivir. Este dominio del hombre sobre el hombre contradice los más elementales principios del Estado de Derecho, donde cada persona vale por sí misma y jamás puede ser instrumento o medio en manos de otra. Ningún hombre puede arrogarse el derecho a dar por terminada la vida de otro y menos a solicitar la ayuda del Estado para ello. La familia podría tener una confusión de intereses al momento de decidir la eutanasia, ya sea por la intención (deliberada o inconsciente) de no cargar con el enfermo, como por las posibilidades de cobrar herencias o seguros de vida. El Estado también podría querer impulsar la eutanasia para reducir los “costos” del gasto público que significa mantener a enfermos terminales, lo que resulta a todas luces inadmisible.
Finalmente, sostener la posibilidad de una decisión médica sobre la procedencia de la eutanasia, no sólo significa dar a dichos profesionales un poder absoluto sobre quién vive y quién muere, sino traicionar los ideales de la medicina. Recordemos que el juramento de Hipócrates prescribe: “a nadie daré una droga mortal aún cuando me sea solicitada, ni daré consejo con este fin”.
Aún en las peores circunstancias y ante la inminencia de la muerte, cada vida humana conserva un valor inviolable e indisponible en razón de su dignidad, que exige de parte de todos, pero en particular de su familia y los responsables de los sistemas de salud, un trato justo y humanitario, que consiste, como mínimo, en garantizar la alimentación y la hidratación. Por tal motivo, la decisión de privar de estos cuidados a un enfermo no es justificable y constituye un atentado directo contra su derecho a la vida. Promover la eutanasia es reconocer que la familia, la sociedad y el Estado han claudicado en el acompañamiento del que sufre, privándolo de valores humanos fundamentales: el amor, la compasión, el respeto, la cercanía afectiva, el cuidado y la solidaridad.