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Corte Europea de Derechos Humanos ratifica fallo contrario a considerar matrimonio a uniones del mismo sexo

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Corte Europea de Derechos Humanos ratifica fallo contrario a considerar matrimonio a uniones del mismo sexo

La 4ta. Sección de la Corte Europea de Derechos Humanos decidió el 13 de noviembre de 2012 el caso H. vs. Finlandia sosteniendo que la disposición finlandesa que niega el acceso al matrimonio a las uniones de personas del mismo sexo no constituye una violación de derechos humanos.

El Sr. H, nacido varón, estaba casado con una mujer y decide cambiar de sexo a cuyo fin se somete a una operación quirúrgica. Solicita luego que se le cambie el número de identidad, pero ello le es denegado en razón de que bajo la ley finlandesa eso está condicionado a que no continúen como “matrimonio” sino que se convierta la relación en “unión civil”. Tanto H como su esposa insisten en continuar como matrimonio y recurren a la Corte Europea de Derechos Humanos afirmando que se violaron derechos reconocidos en la Convención Europea de Derechos Humanos.

En su decisorio, la Corte reitera el fallo Schalk and Kopf v. Austria, afirmando que la Convención Europea de Derechos Humanos no impone a los Estados Parte la obligación de conceder a las uniones de personas del mismo sexo el acceso al matrimonio. Tampoco puede considerarse que haya habido discriminación por parte de Finlandia. Además, sostiene que la regulación de los efectos del cambio de sexo con relación al matrimonio queda en el margen de apreciación de cada estado (citando el precedente Christine Goodwin v. the United Kingdom). En definitiva, la Corte declara inadmisible la solicitud de H.