Home Noticias Aborto Informe sobre opacidades e influencias en torno al financiamiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Informe sobre opacidades e influencias en torno al financiamiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

0

El Centro Global de Derechos Humanos (Global Center for Human Rights) presentó su primer informe titulado “Balance del financiamiento de la CIDH y la Corte Interamericana. 2009-2021. Opacidades e influencias en una financiación condicionada” con el objetivo de analizar, exponer y cuestionar aspectos concretos del sistema de financiamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que ha generado algunos problemas reales en su funcionamiento.

El informe, al que puede accederse aquí, fue elaborado por Sebastián Schuff y Maria Anne Quiroga, con la colaboración de Julio Pohl y se estructura en un proemio, una introducción, cuatro capítulos y una conclusión.

En la introducción, se explica que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) tiene un financiamiento mixto compuesto por las contribuciones que realiza la OEA a través del fondo regular y por contribuciones que realizan Estados miembros del SIDH, países extracontinentales, empresas privadas y ONG (fondos específicos de la CIDH y contribuciones extraordinarias de la Corte IDH). Luego se relata la evolución histórica de los fondos regulares y de los fondos específicos de la CIDH, para mostrar con información oficial el incremento verificado en cada uno de estos rubros. También se consigna tal evolución para la Corte IDH, que tiene una “dependencia total” respecto a los aportes extraordinarios. Se cita un informe de la propia Corte que señala que contribuciones de países que no pertenecen a la región, como España y Noruega, aportan el 36% de los gastos ordinarios de la Corte.

En el primer capítulo, se desglosa la lista de quiénes son los aportes de la CIDH y de la Corte IDH, demostrando la fuerte presencia de ONG y países externos al sistema entre los aportantes.

En el segundo capítulo, a través de precisos ejemplos, se demuestra que varias de las organizaciones aportantes tienen una marcada agenda de pretensiones, promoviendo y financiando proyectos específicos dentro del SIDH. “Esto genera legítimos cuestionamientos acerca de la independencia del sistema, en particular de su capacidad para establecer y perseguir una agenda que le sea propia, en ausencia de un presupuesto estable” (p. 18).

En este capítulo, se presentan ejemplos de la influencia de esos Estados Observadores u organizaciones externas en el sistema. En primer lugar, con relación a sentencias en casos contenciosos, se explica lo sucedido con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que en 2016 aportó fondos para la Corte IDH para un proyecto titulado “Protección de víctimas y personas pertenecientes a grupos vulnerables a través de medidas provisionales y resolución de casos contenciosos sobre alegada discriminación por orientación sexual y garantías del debido proceso”. En 2016, la Corte IDH dictó dos sentencias en casos contenciosos en que impulsó nuevas obligaciones vinculadas con la agenda de género. Luego se muestra la influencia que tuvo la ayuda de la misma Agencia española en la elaboración de tres opiniones consultivas publicadas entre 2017 y 2018 vinculadas con temas de medio ambiente, identidad de género y asilo. Otro de los ejemplos muestra que en 2015 la CIDH publicó un informe sobre violencia contra personas lesbianas, gay, bisexuales, trans e intersex y explícitamente se refirió al apoyo de Chile, Dinamarca, EEUU, ONUSIDA, Países Bajos y Reino Unido. Algo similar pasó en 2019 y 2020. El informe detalla otros informes de la CIDH favorables al aborto y da cuenta de los agradecimientos especiales que se hicieron a quienes los financiaron. Los últimos ejemplos del capítulo son otros proyectos especiales que fueron objeto de fondos destinados a agendas culturales extrañas determinadas. El capítulo termina con una reflexión sobre el problema de los potenciales conflictos de interés existentes entre la financiación de la Corte IDH y la CIDH y la expectativa de imparcialidad que se espera del SIDH.

El capítulo tercero se titula “La colonización cultural, los estándares interamericanos y el impacto de un financiamiento” y explica cómo los organismos del SIDH se extralimitan en la realización de proyectos que exceden su temática y, por otro lado, no cuentan con financiamiento suficiente para cumplir con los alcances precisos de su mandato. El problema se vincula, también, con las pretensiones del SIDH de crear estándares internacionales, que luego se pretenden imponer como obligatorios, afectando la soberanía de cada Estado parte. Justamente, son esos estándares creados a partir de la influencia ejercida por las instituciones que financian a la Corte IDH y a la CIDH con fines específicos, los medios para una profunda transformación cultural de los países del sistema.

El capítulo cuarto se detiene en los problemas vinculados con la transparencia y la rendición de cuentas en el funcionamiento del SIDH.

En la Conclusión, se proponen acciones para responder a los problemas señalados en el informe y que centralmente son: que los aportes extraordinarios puedan seguir existiendo, pero sin compromiso de uso por parte de la CIDH o de la Corte IDH, para resguardar la independencia, objetividad, no selectividad y no politización de los órganos del SIDH; que los países miembros del SIDH soliciten una auditoría forense, con enfoque en el cumplimiento de normas éticas y deontológicas.

El Centro Global de Derechos Humanos (Global Center for Human Rights) se define como una organización no gubernamental que, a través de la estrategia, la formación y la promoción, trabaja para construir y consolidar una nueva generación de responsables dispuestos a defender la vida, la familia, la libertad religiosa y la democracia. Según sus responsables, “el Centro Global de Derechos Humanos defiende a 663 millones de personas en toda América Latina, con el objetivo de devolver su autoridad democrática a sus legítimos representantes”.

Informe de Jorge Nicolás Lafferriere

Fuente: http://www.globalcenterforhumanrights.org/es/index.html