El 24 de enero de 2024 la Comisión Mixta LIBE/FEMM anunció que se llegó a un acuerdo informal respecto a la Propuesta de Directiva Europea (2022/0426/COD) por la que se modifica la Directiva de 2011 relativa a la trata de seres humanos (2011/36/UE), que incluye la explotación de la maternidad subrogada, así como el matrimonio forzado y la adopción ilegal, en el ámbito de aplicación de la Directiva.
En concreto, se propone agregar una frase al final del artículo 2.3 de la Directiva, de modo que la redacción final sería: “La explotación incluye, como mínimo, la explotación de la prostitución de otros u otras formas de explotación sexual, trabajos o servicios forzados, incluyendo la mendicidad, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, la servidumbre, o la explotación de actividades criminales, o la remoción de órganos, o la explotación de la subrogación, el matrimonio forzado o la adopción ilegal”.
En un comunicado de prensa que lleva la firma de Béatrice Bourdoncle, el grupo de la Declaración de Casablanca, que trabaja por la adopción de un convenio internacional sobre la abolición universal de la maternidad subrogada, se congratula de este anuncio y se siente alentado por este proyecto de revisión de la directiva europea, sobre todo con vistas a la conferencia internacional que se celebrará en Roma los días 5 y 6 de abril de 2024. “Por fin, la maternidad subrogada ha sido nombrada por Europa como lo que es, una nueva forma de trata”, sostiene Olivia Maurel, nacida de la maternidad subrogada y portavoz de la Declaración de Casablanca.
Por su parte, Bernard García, Doctor en Derecho y coordinador de la Declaración de Casablanca, se refiere a los alcances jurídicos de la propuesta de considerar trata a la “explotación de la maternidad subrogada”: “la redacción es mejorable, pero lo importante es que, por primera vez, un proyecto de texto internacional vinculante establece el vínculo entre maternidad subrogada y trata. Es un paso enorme”.
En el comunicado de prensa del Grupo Casablanca se recuerda que el Parlamento Europeo ya ha identificado en varias ocasiones la maternidad subrogada como una forma de trata y explotación de mujeres y niños: “En una resolución de 5 de abril de 2011 sobre la lucha contra la violencia contra las mujeres, ‘Pide que los Estados miembros reconozcan el grave problema de las madres de alquiler, que constituye una explotación del cuerpo femenino y sus órganos de reproducción’ (§ 20) y ‘Subraya que tanto las mujeres como los niños son objeto de las mismas formas de explotación, y que ambos pueden ser vistos como productos en el mercado reproductivo internacional, y que, a través de nuevos acuerdos de reproducción como las madres de alquiler, están aumentando la trata de mujeres y niños y el número de adopciones ilegales transfronterizas’ (§ 21)”.
Y luego continúan: “Más recientemente, la resolución de 21 de enero de 2021 sobre la estrategia de la Unión Europea para la igualdad entre hombres y mujeres y la de 5 de mayo de 2022 sobre el impacto de la guerra contra Ucrania en las mujeres (2022/2633(RSP) recuerdan que la ‘la explotación sexual con propósitos reproductivos y de gestación surrogada’ es ‘inaceptable y una violación de la dignidad humana y de los derechos humanos’”.