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Argentina: Leche medicamentosa incluida en el Programa Médico Obligatorio

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Argentina: Leche medicamentosa incluida en el Programa Médico Obligatorio

El 19 de octubre de 2016 la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionó la ley 27305 que establece la obligatoriedad de cobertura por parte del sistema de salud de la llamada “leche medicamentosa”, que queda incorporada al Programa Médico Obligatorio.

En virtud del artículo 1ro. de la ley, “Las obras sociales enmarcadas en las leyes 23.660 y 23.661, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, las entidades de medicina prepaga y las entidades que brinden atención al personal de las universidades, así como también todos aquellos agentes que brinden servicios médico-asistenciales a sus afiliados independientemente de la figura jurídica que posean, incorporarán como prestaciones obligatorias y a brindar a sus afiliados o beneficiarios, la cobertura integral de leche medicamentosa para consumo de quienes padecen alergia a la proteína de la leche vacuna (APLV), así como también de aquellos que padecen desórdenes, enfermedades o trastornos gastrointestinales y enfermedades metabólicas, las que quedan incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO).

Este beneficio podrá ser otorgado a cualquier paciente, sin límite de edad (art. 2) y se requiere “prescripción del médico especialista” (art. 2).

La ley se sancionó luego que el Senado, el 16 de septiembre de 2015como cámara revisora, formulara cambios a la redacción original de la Cámara de Diputados (noviembre de 2014).

La ley viene a responder a las necesidades generadas por la alergia a la proteína de la leche vacuna y que afecta muy especialmente a niños recién nacidos.

Cabe señalar que esta ley se inscribe en una serie de normas que desde el año 2003 han ido ampliando desde el Congreso de la Nación el PMO. Se trata de una tendencia que fue analizada, entre otros, por Leonardo Pucheta y Juan Bautista Eleta (Pucheta, Leonardo L. “Cobertura de salud en la legislación argentina de los últimos ocho años” [en línea]. Vida y Ética, 16.1 (2015)).

Durante 2016, la cuestión de la forma de actualización del PMO tuvo un giro al haberse presentado en el Congreso el proyecto de ley para la creación de la Agencia Nacional de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (AGNET). Este proyecto tuvimos ocasión de comentarlo en un boletín de 2016. Finalmente, la Comisión de Salud del Senado el 9 de noviembre de 2016 emitió dictamen de mayoría y de minoría sobre esta iniciativa, que aún no fue tratada por el plenario. De aprobarse la propuesta, sería la AGNET el organismo encargado de decidir la incorporación de prestaciones al PMO.

Informe de Jorge Nicolás Lafferriere