En las XXIII Jornadas Nacionales de Derecho Civil, realizadas en Tucumán, Argentina, en octubre de 2011, la Dra. Catalina E. Arias de Ronchietto presentó un ponencia bajo el título: “LA LEY 26.618 ES Y DEBE SER DECLARADA INCONSTITUCIONAL. EN TANTO, SUS EFECTOS DEBEN SER SUSPENDIDOS.”
A continuación, publicamos el resumen de esa ponencia:
En cuanto al contenido: a) se fundamenta la inconstitucionalidad de la ley en coincidencia con importantes tribunales europeos de reciente pronunciamiento: la Corte Constitucional Italiana, la Corte Europea de Derechos Humanos y el Consejo Constitucional Francés, en el sentido de afirmar que NO constituye arbitrariedad, excluir a las personas de práctica homosexual del matrimonio y de la filiación en común.
Además, se subraya i) la antijurídica irregularidad del debate y votación legislativos debido a desbordadas presiones ideológicas e intereses partidarios, públicamente conocidos y difundidos socialmente en Argentina; ii) se resalta la premura de su sanción que llevó a suprimir “imprevistamente” el tratamiento de los proyectos de uniones civiles registradas y de uniones convivenciales, así como a recurrir a la sanción “multifuncional” de su “claúsula complementaria”, artículo 42. iii) se adhiere a otras ponencias afines para realzarlas y evitar superposición de textos; se fundan las razones de solicitar la derogación por inconstitucionalidad de la ley 26.618 y se reseñan los ponentes y argumentos centrales de quienes, al contrario, defienden su validez.
Recordamos la evidencia de que sólo se logró una exigua mayoría de tres votos, y no obstante, se sancionó la reforma integral de una institución fundamental para nuestro derecho, cultura y sociedad: el régimen del matrimonio civil; implicando y alterando todo el régimen legal del derecho de familia nacional; en particular la regulación de la filiación y de los parentescos y arriesgando el “bienestar integral” del niño y también de la sociedad que reprocha al derecho de familia no haber evitado la sanción de esta ley 26.618, que contraría todos sus principios ético-jurídicos.