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¿Qué son las condiciones obstétricas y neonatales esenciales?

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En Argentina, sólo el 38% de las Maternidades cumplen con todas las Condiciones Obstétricas y Neonatales Esenciales (CONE) según informó el Dr. Miguel Ángel Schiavone en una conferencia sobre el tema[1]. Las CONE constituyen recursos humanos, físicos y económicos que indispensablemente deben estar presentes en todos  los centros de Obstétricos para garantizar la mayor seguridad en la atención materno-infantil al momento del parto. Las CONE incluyen las siguientes condiciones: quirúrgica y procedimientos obstétricos; Anestésica; Transfusión de sangre segura; Tratamientos médicos; Asistencia neonatal inmediata; Evaluación del riesgo materno y neonatal; Transporte oportuno al nivel de referencia. Schiavone también se refirió a la vinculación entre mortalidad materna y aborto: “Muchas muertes podrían evitarse, mas aun seguramente muchos abortos no se realizarían, si las embarazadas tomaran contacto con el sistema de salud en tiempo y forma, acorde a normas y realizando los controles pertinentes, siendo responsabilidad del Estado su resolución”.

Por lo tanto, si se busca la disminución de la mortalidad materna, no es a través de la legalización del aborto que se logrará: se requiere buscar otros factores que incidan realmente en la ratio. En otras palabras, no es la legalización del aborto la solución (y hemos visto que tampoco constituye un predictor eficiente de la baja en la tasa de mortalidad materna), sino un acompañamiento sanitario, social, económico y psicológico de la mujer y su hijo por nacer, a fin de garantizarle a ambos el máximo nivel de salud. El cumplimiento de las CONE es una forma bien concreta de bajar tanto la mortalidad materna como la neonatal. Por otra parte, la despenalización del aborto no necesariamente incide en una baja del aborto, sino que por el contrario se extiende esta conducta y persisten los riesgos para la salud materna que se afirma querer prevenir. La solución no es tampoco la ampliación de las causales de excepción de aborto no punible, ya que ello equivaldría a legitimar la ejecución de las personas por nacer que fueran engendradas bajo ciertas circunstancias o con ciertas características de su desarrollo. No hay ningún Tratado Internacional que haga excepciones y que establezca que algunas personas tienen derecho a vivir y otras no lo tienen.

[1] Ver al respecto nuestro artículo “Maternidades inseguras y mortalidad materna”, https://centrodebioetica.org/2011/10/maternidades-inseguras-y-mortalidad-materna/