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Problemas en la aplicación de la Eutanasia en Bélgica

Problemas en la aplicación de la Eutanasia en Bélgica

El 25 de enero de 2021 se publicó el paper “Euthanasia in Belgium: Shortcomings of the Law and Its Application and of the Monitoring of Practice” (Eutanasia en Bélgica: Los defectos de la ley y su aplicación y de la supervisión de la práctica) en The Journal of Medicine and Philosophy, revista que depende de la Universidad de Oxford. Sus autores son Kasper Raus, Bert Vanderhaegen y Sigrid Sterckx.

A continuación, realizaré una breve reseña del artículo sobre los hallazgos y problemas que formulan estos autores respecto de la ley de Eutanasia en Bélgica.

En Bélgica la eutanasia es legal desde el año 2002. Sin embargo, estos autores señalan que en los 18 años transcurridos desde la aprobación de la ley se ha producido un aumento del uso de esta práctica y esto podría ser ética y legalmente problemático.

Condiciones legales de la eutanasia en Bélgica: El artículo señala cuáles son las condiciones legales que debe reunir una persona en Bélgica para poder solicitar la eutanasia. La primera es ser adulto, un menor emancipado o un menor con capacidad de discernimiento. La segunda es que el paciente lo solicite de manera voluntaria, habiéndolo considerado detenidamente y habiendo repetido la solicitud para demostrar que no es resultado de una presión externa. En este punto, Kasper, Bert y Sigrid señalan que la evaluación de cómo se produce el requisito de la voluntariedad no está estipulada en la ley de eutanasia; por tanto, no está claro cuán confiable puede ser la verificación médica de este requerimiento. Los otros requisitos son: el paciente debe hallarse en una condición médica sin perspectivas de mejora, debe experimentar sufrimiento físico o psicológico constante e insoportable que no pueda aliviarse y el sufrimiento del paciente debe ser resultado de un trastorno grave e incurable causado por enfermedad o accidente.

Señalan los autores que ha surgido un debate sobre si los pacientes que solicitan la eutanasia, pero se niegan a tratamientos, pueden recibir legalmente dicha prestación. La Comisión Federal que se encarga del control y la evaluación de la eutanasia en Bélgica (en adelante FCECE –Federal Control and Evaluation Commission for Euthanasia-) ha abordado esta cuestión en uno de sus informes, expresando que cuando entra en consideración si el sufrimiento del paciente puede o no ser aliviado, se debe tener en cuenta el derecho del paciente a negarse al tratamiento o a los cuidados paliativos, por ejemplo, cuando este tratamiento tuviera efectos colaterales o consistiera en  métodos de administración que no desea recibir. Los autores del artículo manifiestan también la significativa implicancia de uno de los requisitos necesarios para pedir la eutanasia: la incurabilidad. Se plantea entonces la pregunta sobre cuándo la condición médica de un paciente puede ser considerada incurable. Según la FCECE los pacientes pueden rehusarse a tratamientos que los curarían y, sin embargo, todavía ser calificados para recibir eutanasia si los efectos colaterales de estos tratamientos los percibiera como algo intolerable.

Esto es crucial porque si la única referencia para juzgar la aceptabilidad o no de los efectos colaterales o la administración de cualquier tratamiento son los pacientes, el criterio médico de que algo no alivia un sufrimiento o que una enfermedad es incurable dependería solamente del criterio subjetivo del paciente que encuentre ese efecto colateral como insoportable (que no es lo mismo que incurable).

De acuerdo a los autores, los médicos que llevan a término esta práctica son también agentes morales, su rol, por lo tanto, no debería ser reducido solamente a realizar lo que el paciente quiere. En ese caso, serían solamente usados como instrumentos.

La ley de Bélgica sobre derechos de los pacientes afirma que los mismos pueden rehusarse a recibir tratamientos sin necesidad de fundamentar su decisión. Sin embargo, si bien no se puede interferir con la decisión del paciente, los autores expresan que esta negación a recibir tratamiento nunca debería ser calificada como un caso que amerite la eutanasia.

Amplitud de la causal “sufrimiento psicológico”: Ellos también creen que otro punto de controversia es que la ley permite solicitar la eutanasia en caso de sufrimiento físico y psicológico, pero no especifica cuál es la diferencia que debe haber entre ambos. La ausencia de un consenso de orientación legal sobre cómo definir el sufrimiento psicológico hace posible utilizar el concepto de una manera cada vez más vasta.

Las “poli patologías”: Otro concepto que se utiliza de forma cada vez más amplia son las llamadas “poli patologías”, que serían una combinación de varias enfermedades. La eutanasia solicitada por poli patologías es cada vez más común y la gran mayoría de estos casos se da en personas de más de 80 años. Algunos autores coinciden en que este concepto también puede incluir el estar cansado de vivir. Herman Nys, profesor de Derecho de la Salud, afirma que personas mayores que se sienten cansadas de la vida pueden recibir la eutanasia porque debido a su avanzada edad, es posible que posean problemas típicos de la ancianidad que podrían configurarse dentro del requisito llamado “poli patologías”.

La consulta a otro médico: Otro requerimiento de esta Ley es que después de un pedido de eutanasia el médico que atiende al paciente consulte a un segundo médico que sea neutral. Este tiene que examinar al paciente y asegurarse que el mismo tenga un sufrimiento físico insoportable, constante y que no se lo puede aliviar, debiendo escribir un informe de lo actuado. Respecto de esto, los autores también manifiestan su preocupación, ya que cabe la duda sobre cuán experto sea el segundo médico consultado. Las últimas encuestas expresan que generalmente se consulta a un clínico y no a un especialista en la enfermedad que se está tratando, lo cual puede traer aparejado resultados poco fiables y que no se cumplan todos los requisitos legales para realizar la eutanasia.

Otra de las críticas más comunes a esta ley es que se apoya demasiado en el médico de cabecera. Dado que a los médicos consultantes solo se les pide opinión, es evidente que el médico del paciente es el que finalmente tomará la decisión de realizar o no la eutanasia, aun cuando los médicos consultores manifiesten que la enfermedad no reviste el grado de insoportable o incurable. Muchos estudios demuestran que la práctica se realiza aún a pesar de opiniones negativas de otros médicos y hasta a veces sin siquiera solicitar segundas opiniones.

El funcionamiento de la Comisión de supervisión: En cuanto al funcionamiento de la FCECE, si bien los autores afirman que no se le puede atribuir a esta Comisión el hecho de que los médicos no informen cada vez que realizan una eutanasia, creen que debería haber más control por parte de este organismo para saber cuántos casos de eutanasia se llevan a cabo realmente.  Se cree que 1 de cada 3 casos no se reportan; y que los casos no reportados han sido aplicados con menos rigor que los sí reportados.

Defectos de los formularios de eutanasia: Los autores también encuentran algunos inconvenientes en los formularios de petición de eutanasia en Bélgica:

  • Son anónimos. Esto dificulta verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas por la Ley; especialmente la dificultad de verificar que el médico consultor sea imparcial, tanto en referencia al paciente como al médico tratante. No obstante, siempre habrá un sobre a disposición de la Comisión con todos los datos y nombres de los actuantes
  • Por otra parte, son demasiado concisos. El formulario no especifica el nivel de detalle requerido al médico sobre la enfermedad del paciente. En 2016 un reporte de la FCECE proveyó ejemplos de formularios ya completados. Se confirmó allí que la información que se brindaba era muy escasa.
  • Otra de las objeciones es el hecho de que no sea necesario incluir el informe del médico consultor. El médico de cabecera sólo relata lo que manifestó el médico consultado. No es fehaciente entonces que realmente se haya consultado otra opinión y tampoco que, de haberlo hecho, la opinión sea lo que el médico tratante realmente relata.

De todos modos, cuando la FCECE opina que podría haber una controversia legal en determinado caso, puede abrir el sobre que contiene toda la información sobre el caso y constatar el parecer del médico consultor. Esto solo ocurre cuando todos los miembros de la Comisión votan en favor de abrirlo, lo cual sucede muy esporádicamente.

De todo lo expuesto anteriormente podemos ver el rol tan importante que cumple y el poder que se le ha otorgado a la FCECE, poder que a veces sobrepasa las facultades judiciales. El requerimiento, por ejemplo, de que sea necesario el consentimiento de las 2/3 partes de la Comisión para referir los casos dudosos al Fiscal hace que la comisión tenga autoridad para decidir finalmente si enviar o no el caso a sede judicial, situación que sucede con mínima frecuencia.

Es necesario recordar que la labor de la Comisión de monitorear casos de eutanasia a posteriori de ninguna forma le resta valor al Fiscal Público que tiene arbitrio suficiente para investigar cualquier caso dudoso.

Defectos en la aplicación y monitoreo: Si bien es un artículo que no parece oponerse a la eutanasia, los autores señalan algunos defectos en su aplicación y monitoreo:

  • la aplicación ha ido ampliándose a lo largo de los años, ya que al principio se limitaba a aquellas personas con enfermedades graves e incurables y ahora se puede ejercer en personas que simplemente están cansadas de vivir.
  • los autores manifiestan descontento con la excesiva supremacía que ejerce la FCECE puesto que debido al anonimato y a la naturaleza concisa del formulario la Comisión no puede realmente corroborar que todos los requisitos legales hayan sido cumplidos, aun siendo esta su tarea más importante.
  • Este poder que se le otorga a la FCECE podría hacer que reinterpretara la ley de eutanasia para que concordara con ciertos criterios, sin ninguna traba de los controles parlamentarios o judiciales. Sin embargo, los autores señalan que la eutanasia es una práctica que debe ser monitoreada muy de cerca ya que implica el terminar con la vida de una persona de forma deliberada y es un acto irreversible.

Se ha demostrado en esta reseña alguna de las inconsistencias de la aplicación de la eutanasia en Bélgica y la posibilidad de que sea administrada a personas que no detectan una enfermedad grave o incurable. En mi opinión, la eutanasia es una práctica que no debe ser despenalizada ya que implica terminar con la vida de una persona.  Es necesario un debido acompañamiento al paciente; no mostrando la muerte como solución a su sufrimiento. “Parecería únicamente presentarse en dos alternativas: o se aplica la eutanasia al enfermo, o morirá irremediablemente lleno de dolor y sufrimiento. Pero esto no es correcto, pues existe la posibilidad de desarrollar medicina paliativa, que consiste en el tipo de tratamiento que originalmente condice con la palabra eutanasia: “buen morir”, que antiguamente se aplicaba al “morir con dignidad” … Consiste en hacer más soportable el sufrimiento en la fase final de la enfermedad y, al mismo tiempo, asegurar al paciente un acompañamiento humano adecuado”.[1]

Informe de María del Pilar de Olazábal


[1] Cruz, F. M. de L. (2016). La dignidad humana, en el fin de la vida [en línea] Documento inédito. Universidad Católica Argentina. Facultad “Teresa de Ávila”. Departamento de Derecho. Disponible en:

http://bibliotecadigital.uca.edu.ar/repositorio/contribuciones/dignidad-humana-fin-vida-cruz.pdf