La prof. Ligia Castaldi ha publicado un importante trabajo en la Revista “University of Miami Inter-American Law Review” titulado “Derecho constitucional sobre aborto en América Latina y el Caribe: ¿Un consenso internacional hacia una costumbre internacional o una norma vinculante de ‘ius cogens’?” (“Constitutional Law on Abortion in Latin America and the Caribbean: A Regional Consensus Towards an International Custom or a Peremptory Norm of Jus Cogens?”)[1].
La profesora Castaldi toma como punto de partida de su trabajo de investigación la siguiente pregunta: ¿existe un consenso regional en torno al pretendido “derecho al aborto” que pueda significar que se configura una norma de “jus cogens”? Este punto de partida aparece inspirado en una reciente Opinión Consultiva 32/2025 sobre la Emergencia Climática y los Derechos Humanos de 2025[2] en la que la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo que los Estados tiene la obligación de no generar daños irreversibles al clima y al ambiente en razón de ser una norma imperativa de “jus cogens” (sección B.1.3, párrafos 287-294). Al respecto, la existencia de un “consenso regional” y la no contradicción o conflicto con un determinado derecho, es un importante elemento para sostener que una norma tiene naturaleza de “jus cogens”. Pues bien, sin ingresar a analizar la OC 32/2025, la profesora Castaldi se propone investigar si existe consenso regional sobre el aborto, ya sea como derecho como prohibición, en torno al aborto en el derecho constitucional de los países de América Latina.
El trabajo de 105 páginas realiza un exhaustivo análisis dividido en dos grandes partes. Por un lado, en la sección II, se detiene a considerar en detalle la situación de los países que ya sea han despenalizado ampliamente el aborto o han creado un pretendido derecho constitucional o legal al aborto. Ellos son: Colombia, México, Argentina, Uruguay, Haití, Cuba y Brasil. Por otro lado, en la sección III, analiza la protección constitucional del derecho a la vida de la persona por nacer, las prohibiciones más amplias del aborto provocado en 8 países y los supuestos de aborto no punible en dichas jurisdicciones. En esta sección se estudia el derecho constitucional y penal de Honduras, Perú, República Dominicana, Ecuador, Chile, Guatemala, El Salvador y Bolivia.
En las conclusiones (Sección IV), sostiene: “Un análisis detenido del derecho constitucional de América Latina y El Caribe revela que no existe un consenso regional sobre la existencia de un derecho al aborto en la comunidad de países latinoamericanos y del Caribe. Aunque dos países han reconocido constitucionalmente un derecho al aborto y otro podría hacerlo en los próximos años, el reconocimiento actual del derecho a la vida desde la concepción en varios países fuertemente actúa de contrapeso que impide la formación de un derecho al aborto como norma de ‘jus cogens’, y también contra la noción de una norma de costumbre regional de menor rango, que también requiere cierta uniformidad y una práctica estatal consistente aceptada como derecho. Por eso, se puede afirmar correctamente que en América Latina y el Caribe no hay ningún consenso regional incipiente sobre la existencia de un derecho al aborto, y ciertamente no del tipo que apoyaría la existencia de una norma de ‘jus cogens’”[3].
El trabajo constituye una puesta al día de la situación del aborto en toda América Latina y el Caribe y se presenta como una obra de referencia ineludible para quiénes quieran profundizar la situación en el plano del derecho constitucional comparado. Es una valiosa contribución a la defensa de la vida por nacer y una invitación a seguir trabajando por el pleno reconocimiento del derecho a la vida.
Se puede acceder al texto completo del artículo de la prof. Castaldi en el siguiente link: https://repository.law.miami.edu/umialr/vol57/iss1/4/
[1] Ligia Castaldi, Constitutional Law on Abortion in Latin America and the Caribbean: A Regional Consensus Towards an International Custom or a Peremptory Norm of Jus Cogens?, 57 U. MIA Inter-Am. L. Rev. 41-144
Available at: https://repository.law.miami.edu/umialr/vol57/iss1/4
[2] Corte IDH. Emergencia Climática y Derechos Humanos (Interpretación y alcance de los artículos 1.1, 2, 4.1, 5.1, 8, 11.2, 13, 17.1, 19, 21, 22, 23, 25 y 26 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 1, 2, 3, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador”, y I, II, IV, V, VI, VII, VIII, XI, XII, XIII, XIV, XVI, XVIII, XX, XXIII, y XXVII, de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre). Opinión Consultiva OC-32/25 de 29 de mayo de 2025. Serie A No. 32.
[3] “A close examination of constitutional law in Latin America and the Caribbean reveals that there is no regional consensus of abortion rights in the community of Latin American and Caribbean states. Even though two countries have given constitutional recognition to abortion rights, and one more could follow suit within the next few years, the existing recognition of the right to life from conception in several countries strongly weighs against the formation of a jus cogens right to abortion, and even against that of a lower status regional custom on abortion, which also requires relatively uniform, consistent state practice accepted as law. It can therefore be properly said that there is no incipient regional consensus on abortion rights in Latin America and the Caribbean, certainly not of the kind that would support the existence of a jus cogens norm on abortion” (Traducción propia).